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La fuerza de la participación depende de la cultura dominante en una sociedad

agosto 3, 2009

La profesora de Derecho Constitucional de la Universidad de Zaragoza, Eva Sáenz, forma parte de la Mesa de expertos que está realizando un primer documento que ayude a definir el marco normativo sobre participación ciudadana en Aragón. El 19 de mayo, nueve integrantes dirigidos por la Dirección General de Participación Ciudadana constituyeron este espacio de diálogo.

Participación ciudadana en la elaboración de la Ley. Este es el título del informe que ha presentado Eva Sáenz en la Mesa que elabora una propuesta legislativa sobre participación en Aragón. Durante más de dos meses, nueve profesionales han expuesto documentos como el suyo, los han debatido en grupo y en las próximas fechas, una vez incluidas estas aportaciones, se presentarán los trabajos definitivos. Con ellos, se redactará el modelo normativo.

– ¿Por qué la Comunidad aragonesa debe abordar un reto como éste de crear un marco legislativo sobre participación?

En un momento en el que cada vez es mayor la desafección de los ciudadanos respecto a los partidos, verdaderos protagonistas en todas las instituciones representativas, y en el que preocupa especialmente a las clases dirigentes la decreciente participación ciudadana en las elecciones, es necesario reflexionar sobre nuevas fórmulas que hagan sentirse al ciudadano más partícipe de las decisiones públicas, aunque éstas en última instancia correspondan a los representantes elegidos democráticamente. Me parece interesante profundizar sobre políticas legislativas que incentiven esa democracia participativa.

– En este momento, ¿tienen suficientes herramientas los aragoneses para participar en las políticas públicas?

En un Estado democrático moderno la participación del pueblo en la decisión política discurre normalmente por el cauce de la representación, aunque también son necesarios procedimientos que permitan la expresión directa del pueblo. Cuando se aprobó el Estatuto de Autonomía de Aragón en los inicios de nuestra democracia, se reconocieron algunos instrumentos de participación de los ciudadanos en las decisiones públicas, como fue el caso de la iniciativa legislativa popular; pero al igual que se hizo en otras Comunidades Autónomas e incluso en el propio Estado central, la necesidad de aquellos años de desarrollar los partidos políticos y una democracia esencialmente representativa junto con el recelo que despertaban este tipo de instrumentos hizo que su uso se sometiera a una gran cantidad de restricciones. En la práctica esto ha supuesto la escasa utilización de estas iniciativas.
Después de treinta años de democracia, nuestras instituciones se han consolidado con los partidos políticos como protagonistas absolutos de las mismas; pero ahora se detecta la necesidad de un mayor acercamiento de los ciudadanos a la toma decisiones políticas. En este marco se sitúan las últimas reformas estatutarias y las propuestas legislativas que tienden a fomentar los instrumentos de democracia participativa, en las que los representantes democráticos siguen teniendo la última palabra, pero para su formación se hace más participe al ciudadano.

Un ejemplo de este cambio es la reforma de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, al Estatuto de Autonomía de Aragón. El modelo aragonés se basa en una democracia esencialmente representativa en la que los partidos funcionan como principales vehículos de participación política. Sin embargo, la reciente modificación denota una voluntad de querer profundizar en otras vías de participación como forma de acercar la política a los ciudadanos y siempre, como no puede ser de otro modo, complementando la democracia representativa.


– ¿Cómo fomenta la participación una norma sobre la materia?

La fuerza de la participación no depende tanto de su reconocimiento jurídico como de la cultura dominante en una sociedad, pero las políticas legislativas pueden facilitar el ejercicio de los instrumentos de participación ciudadana y fomentar este tipo de prácticas.
A la luz de las últimas políticas normativas llevadas a cabo por otras Comunidades Autónomas para incentivar la democracia participativa, se plantean básicamente dos posibles actuaciones, que no resultan incompatibles entre sí. En primer lugar, la aprobación de una Ley específica y global sobre participación ciudadana. En segundo lugar, reformar y/o aprobar la normativa sobre instrumentos concretos de participación ciudadana en el ámbito autonómico con el fin de favorecer estas prácticas -ley de iniciativa legislativa popular, derecho de petición, consultas populares…-.

Sin descartar completamente la posible aprobación de una ley general de participación ciudadana, me parece más adecuado aprobar o hacer reformas de las leyes sectoriales que regulan los instrumentos de participación. Por ejemplo, me mostraría partidaria de reformar la ley aragonesa de la iniciativa legislativa popular o el Reglamento de las Cortes Aragonesas. Respecto a una posible ley aragonesa de consultas populares autonómicas y locales, tengo mis dudas. En todo caso podría plantearse en la ley aragonesa de régimen local o, si se prefiere, en una ley de participación más general, una forma de fomentar o incentivar determinados procedimientos participativos en el ámbito local.

– Con cualquiera de estas dos modificaciones legislativas a las que alude, ¿cómo podrían cambiar la implicación de los ciudadanos a la hora de participar en la construcción de políticas públicas?

Con este tipo de modificaciones lo que se estaría buscando es una mayor implicación del ciudadano en la toma de decisiones públicas y un acercamiento de los políticos y la Política a la ciudadanía. Por una parte, los poderes públicos en la toma de sus decisiones cotidianas mirarían más al ciudadano; y por otra parte, el ciudadano se sentiría copartícipe de esa decisión y no ajeno a la misma. Se trataría de que Política y Sociedad interactúen y en definitiva se gane en transparencia en la toma de decisiones públicas en una democracia.

– ¿Significaría cambiar la forma de hacer política?

Una buena política legislativa de participación tendría resultados en los dos sentidos. Por una parte, respecto al fomento de la participación ciudadana en las decisiones públicas; por otra parte, conllevaría necesariamente que los poderes públicos cambien la forma de hacer su política para dejar de centrarse tanto en la fecha de las siguientes elecciones y buscar un mayor contacto con el ciudadano a lo largo de toda la legislatura. Éste sería el objetivo, aunque como he señalado antes, la fuerza de la participación y el éxito de estas iniciativas no dependen tanto de su reconocimiento jurídico como de la cultura dominante en una sociedad y en sus clases dirigentes.

– Durante estas sesiones, ¿en qué ha consistido su aportación concreta a la Mesa como experta en Derecho Constitucional?

Principalmente, he realizado un informe que se ha centrado en las formas de fomento de la participación ciudadana en la tramitación legislativa y, en concreto, la iniciativa legislativa popular y las audiencias en sede legislativo. He tratado con este estudio de analizar las posibles mejoras normativas en estos instrumentos, así como sopesar la incorporación de otras formas de participación de los ciudadanos en la tramitación legislativa puestas en práctica en el derecho comparado y que permiten al Parlamento conocer la opinión de los diversos intereses en juego antes de aprobar una determinada ley. Todo ello sin olvidar las peculiaridades del parlamentarismo contemporáneo y el dominio que sobre el mismo tienen los partidos políticos. En definitiva, mi informe versa sobre los siguientes elementos clave:

1 El estudio de la participación ciudadana en el trámite de impulso de la ley, con la posible modificación de la Ley 7/1984, de 27 de diciembre, reguladora de la iniciativa legislativa popular ante las Cortes de Aragón -en línea con la reciente reforma de la ley catalana o de la ley nacional- para corregir ciertas limitaciones que pudieran obedecer al contexto político del momento y modernizar el procedimiento, tanto en la recogida de firmas como en la tramitación parlamentaria, con el uso por ejemplo de las nuevas tecnologías.

2 Analizar la participación ciudadana en la tramitación legislativa a través de las llamadas “audiencias legislativas”: ventajas e inconvenientes a partir de las experiencias registradas en otros Parlamentos autonómicos y en el derecho comparado.

3 Indagar sobre otras posibles formas de participación en sede parlamentaria.
Creo que sería necesaria la reforma de la Ley aragonesa de iniciativa legislativa popular para tratar de facilitar el uso de este instrumento. También sería partidaria de reformar el Reglamento de las Cortes de Aragón para prever una fase de audiencias en la tramitación legislativa, en sentido parecido a lo que se ha hecho en Andalucía, Asturias o Cataluña, e incluso mejorado con las previsiones que existen al respecto en Alemania. Por último, también cabría la posibilidad, todavía no explorada en nuestro ordenamiento jurídico, de permitir a los ciudadanos la presentación de proposiciones no de ley o lo que el profesor y letrado de las Cortes de Aragón José Tudela Aranda denominó “un derecho al debate”. Se trataría de una participación de los ciudadanos en sede legislativa parecida a la iniciativa legislativa popular, pero sin la carga técnica para el ciudadano de tener que redactar una propuesta legislativa.

– ¿Cómo valoraría el trabajo que se ha realizado en este espacio y cómo le gustaría que se plasmase?

Mi valoración del trabajo realizado en la Mesa de Expertos es altamente positiva. Ha exigido un trabajo personal importante, pero sobre todo una puesta en común que ha permitido un intercambio de ideas enriquecedor sobre las mejores formas de potenciar la participación ciudadana en la toma de decisiones públicas y, en definitiva, sobre las formas de mejorar nuestra actual democracia.

Me parecería interesante que se publicasen los informes que se han elaborado por los expertos y las conclusiones a las que se han llegado tras su debate y puesta en común. Por supuesto, la mejor manera de plasmarse todo este trabajo sería mediante las oportunas reformas legislativas impulsadas desde la propia Dirección General de Participación Ciudadana.

Términos clave: Herramientas de participación ciudadana en Aragón

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Autor: Aragón Participa
Fuente: aragonparticipa.aragon.es

Curso "La participación de los ciudadanos en el diseño de las Políticas Públicas"

enero 30, 2009

RESOLUCIÓN de 28 de enero de 2009, del Instituto Aragonés de Administración Pública, por la que se convoca el curso «La participación de los ciudadanos en el diseño de las políticas públicas», a celebrar en Huesca (Código HU-0084/2009).

El Departamento de Presidencia, a través del Instituto Aragonés de Administración Pública, convoca el curso «La participación de los ciudadanos en el diseño de las políticas públicas», incluido en el plan de Formación del Instituto Aragonés de Administración Pública (I.A.A.P.) del año 2009, con arreglo a las siguientes características:

  • Participantes: Personal perteneciente a los grupos A, B y C, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. En caso de existencia de plazas vacantes, podrá participar, por este orden, el personal de la Administración Local y de otras Administraciones Públicas con presencia en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Número de participantes: 30 por edición
  • Número de horas lectivas: 12 cada edición
  • Códigos, localidades, fechas y horario de celebración:
    • HU-0084/2009: Huesca. Aula nº 1. C/ Ricardo del Arco, 1. Huesca.
    • Del 27 al 30 de abril de 2009. De 17:00 a 20:00 horas.

PROGRAMA

  • Realidades complejas
  • Cambios sociales y económicos
  • Legitimidad del Gobierno tradicional
  • Razones para una apuesta con dificultades
  • Punto de partida: sofisticación, diversidad y complejidad de las políticas
  • Objetivos de la participación
  • Mitos y fracasos de la participación
  • El eterno debate entre democracia representativa y participativa
  • Procesos y espacios de la participación
  • Experiencias concretas y diversas
  • Participación en procesos de elaboración legislativa
  • Participación en planes y programas
  • Pactos nacionales
  • La Dirección General de Participación del Gobierno de Aragón
  • Misión
  • Objetivos
  • Líneas de actuación
  • Realidades del 2008
  • Acciones para el 2009
  • Retos pendientes
  • Propuesta de futuro

  • Coordinación: Ignacio Celaya Pérez.
  • Solicitudes: Las solicitudes, dirigidas al Director del Instituto Aragonés de Administración Pública, se formalizarán conforme al modelo de instancia publicado por Resolución del Instituto Aragonés de Administración Pública de fecha 4 de enero de 2006 (Boletín Oficial de Aragón número 3, de 11 de enero) y se podrán presentar por cualquier medio que implique constancia cierta de la fecha de presentación, o a través del Portal del Empleado, según regula el Decreto 129/2006, de 23 de mayo (Boletín Oficial de Aragón de 5 de junio).

Para agilizar la gestión del curso se recomienda enviar la solicitud a través del Portal del Empleado.

En todo caso, es imprescindible hacer constar en la instancia los siguientes extremos:

  • El nombre exacto del curso que se solicita, lugar de celebración y su código, tal como figuran en el encabezamiento de la convocatoria.

Se presentarán tantas instancias como ediciones convocadas se quieran solicitar, identificándose por su código y localidad de celebración.

  • Los datos requeridos en el modelo de solicitud, incluido el correo electrónico.
  • Firma de quien sea su superior jerárquico que implicará la certeza de los datos consignados en la solicitud y la conformidad con la asistencia al curso en el caso de que resulte seleccionado/seleccionada. En las instancias tramitadas a través del Portal del Empleado, esta conformidad se solicita cumplimentando el campo relativo a la dirección electrónica de quien resulte ser superior jerárquico.

El modelo de instancia, publicado en el Boletín Oficial de Aragón, puede obtenerse en la página web del Gobierno de Aragón (www.aragon.es) en IAAP-formación-Nueva solicitud (aparece en dos formatos).

  • Plazo de presentación de instancias: Desde la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Aragón» hasta el día 16 de febrero de 2009.
  • Diploma de participación: A las personas seleccionadas, que asistan a este curso se les extenderá el correspondiente Diploma y no podrán obtenerlo quienes falten a una o más sesiones o tengan reiterados incumplimientos del horario establecido, con independencia del motivo que los origine.

Quienes, habiendo sido seleccionados para realizar el curso, no asistan a sus sesiones lectivas no podrán participar, durante el período de dos años, en otros cursos organizados por el I.A.A.P., salvo que hayan comunicado previamente su renuncia al Instituto o justifiquen suficientemente cada una de sus faltas. No obstante, las renuncias reiteradas a la asistencia a cursos podrán dar lugar también a la imposibilidad de participar en otros cursos que se soliciten.

Términos clave: Cursos de Participación Ciudadana, Participación en el diseño de políticas públicas

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Autor: Aragón Participa
Fuente: aragonparticipa.aragon.es